2.200 productores de cacao son beneficiados con aprobación de convenios internacionales

La semana pasada, la  Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa, dictaminó afirmativamente dos proyectos de Ley; el primero, impulsado por el Diputado Rodrigo Pinto Rawson, el expediente Nº 18417, Aprobación del Convenio Internacional del Cacao, 2010.

“Por el gran compromiso con mi región y el país, rendí mi voto a favor para la aprobación del proyecto, que va beneficiar a más de 2.200 pequeños productores a nivel nacional, cuya base de sustento es precisamente la producción del cacao. La industria en Costa Rica tiene potencial de incremento, producimos cacao de una calidad que según el mismo Convenio clasifica como cacao 100% “fino o de aroma”, indica Pinto.

De esta manera, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), presenta la solicitud de aprobación a la Organización Internacional de Cacao (IICO), en representación del sector cacaotero, la Cámara Nacional de Productores de Cacao Fino y el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE), para que, el país pueda beneficiarse de los proyectos y asesorías que dicha adhesión conllevaría.

Se espera que este convenio fortalezca de forma notable la cooperación entre países miembros exportadores e importadores, para mejorar sus economías cacaoteras mediante el desarrollo más activo y mejor enfocado de proyectos y estrategias de capacitación.

El diputado representa dos de las cinco zonas productivas nacionales: Talamanca y Limón-Matina-Bataan, cantones que, presentan los índices de desarrollo humano más bajos del país donde, sin lugar a dudas, el sector cacaotero ha contribuido al alivio de la pobreza mediante la generación de emprendimientos locales, constituyéndose como una importante fuente de ingreso para la población.

Asimismo, el segundo proyecto, 18262, Aprobación del Tratado entre la República de Costa Rica y la República Federativa de Brasil sobre cooperación jurídica internacional en materia civil, el cual establece las bases de una futura cooperación judicial mutua entre ambos Estados, que comprende dos grandes temas: el reconocimiento y ejecución de sentencias y la asistencia judicial, propiamente dicha, que incluye la práctica de pruebas de diversa índole.

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